PODER JUDICIAL.



Está formado por la corte suprema de justicia y los tribunales inferiores, y se encarga de administrar la justicia.

Para el desempeño de las funciones que actualmente tiene asignadas el poder judicial ha sido necesario que una serie de principios lo configuren: acatamiento del juez a la Constitución y a la ley. Independencia judicial, ante los otros poderes del Estado y como independencia frente a los demás órganos jurisdiccionales y frente a sus propios órganos de gobierno. Responsabilidad judicial. Exclusividad y unidad de la jurisdicción: la potestad jurisdiccional reside en un único cuerpo de jueces y magistrados


LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: es el más alto tribunal de justicia del país; para acceder al cargo de juez en la corte se exige "ser abogado de la Nación con ocho años de ejercicio" (sea como abogado o como magistrado: en la práctica sólo se verifica la antigüedad del título y no el ejercicio efectivo), y "tener las calidades requeridas para ser senador": edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia en ella.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA: "tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial", además tiene otra importantes tareas, entre las que se destaca la de intervenir en el procedimiento de remoción de los magistrados de los tribunales inferiores.

JUICIO POLÍTICO: se llama "juicio político" al juicio de responsabilidad previsto en la Constitución Nacional para la calificación del desempeño y eventual destitución del Presidente de la Nación, el Vicepresidente, el Jefe de Gabinete de Ministros, los demás ministros del Ejecutivo y los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 
En el juicio político, que está a cargo del Poder Legislativo, la que actúa como Cámara acusadora, es la de Diputados, y esa acusación la realiza ante la Cámara de Senadores.
Si el acusado fuera el presidente de la Nación, el Senado lo comunicará inmediatamente al presidente de la Corte Suprema de Justicia para que proceda. Si el acusado fuese alguno de los otros funcionarios de que se habla la denuncia se prestará ante el presidente del Senado, para prestarlo ante la Cámara. Los jueces de la corte suprema de justicia son juzgados por el senado; Los jueces del tribunal por el consejo de magistratura o por el jurado de enjuiciamiento

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