PODER JUDICIAL.
Está
formado por la corte suprema de justicia y los tribunales inferiores, y se
encarga de administrar la justicia.
Para
el desempeño de las funciones que actualmente tiene
asignadas el poder judicial ha sido necesario que una serie de principios lo
configuren: acatamiento del juez a la Constitución y a la ley. Independencia judicial, ante los otros poderes del
Estado y como independencia frente a los demás órganos jurisdiccionales y
frente a sus propios órganos de gobierno. Responsabilidad judicial. Exclusividad y unidad de la
jurisdicción: la potestad jurisdiccional reside en un único cuerpo de jueces y
magistrados
LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: es el más alto tribunal de justicia del país; para acceder al cargo de
juez en la corte se exige "ser abogado de la Nación con ocho años de ejercicio" (sea
como abogado o como magistrado: en la práctica sólo se verifica la antigüedad
del título y no el ejercicio efectivo), y "tener las calidades requeridas para ser senador": edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la
Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada
equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de
residencia en ella.
CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA: "tendrá a su cargo la selección de los
magistrados y la administración del Poder Judicial", además
tiene otra importantes tareas, entre las que se destaca la de intervenir en el
procedimiento de remoción de los magistrados de los tribunales inferiores.
JUICIO POLÍTICO: se llama "juicio político" al juicio de responsabilidad previsto en la Constitución Nacional para la calificación del desempeño y eventual destitución del Presidente de la Nación, el Vicepresidente, el Jefe de Gabinete de Ministros, los demás ministros del Ejecutivo y los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En el juicio político, que está a cargo del Poder Legislativo, la que actúa como Cámara acusadora, es la de Diputados, y esa acusación la realiza ante la Cámara de Senadores.
Si el acusado fuera el presidente de la Nación, el Senado lo comunicará inmediatamente al presidente de la Corte Suprema de Justicia para que proceda. Si el acusado fuese alguno de los otros funcionarios de que se habla la denuncia se prestará ante el presidente del Senado, para prestarlo ante la Cámara. Los jueces de la corte suprema de justicia son juzgados por el senado; Los jueces del tribunal por el consejo de magistratura o por el jurado de enjuiciamiento
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